
Conductas inapropiadas
Salud de alta calidad en el Bajo Sinú
CONDUCTAS INAPROPIADAS E INMORALES
El incumplimiento flagrante de la legislación en salud

Clinica La Trinidad
Conductas no permitidas
- El incumplimiento flagrante de la legislación en salud (normatividad sanitaria).
- El incumplimiento de los protocolos de gestión y control de medicamentos, recetas y órdenes de dispensación.
- Los factores de riesgo que afecten la salud y seguridad de los colaboradores, profesionales, clientes, pacientes o visitantes.
- El incumplimiento de los estándares de calidad asistencial y la seguridad del paciente.
- El incumplimiento de los estándares y protocolos de atención de pacientes (respeto, empatía y trato personalizado).
- La ausencia de información clara y completa al paciente para la toma de decisiones libres y meditadas.
- La desatención de la voluntad del paciente.
- La alteración o registro no fidedigno en la historia clínica.
- El ocultamiento de incidentes y/o eventos adversos por parte de los profesionales.
- El incumplimiento a los protocolos asistenciales, hospitalarios y/o quirúrgicos.
- El impedimento, la restricción, la limitación de la libre competencia o la ejecución de conductas de competencia desleal.
- La infracción a Derechos de Autor o Propiedad Intelectual.
- La enajenación, transmisión, uso irregular, cesión u ocultamiento de bienes de la empresa para eludir responsabilidades o defraudar a terceros o a los accionistas.
- La infracción o vulneración del secreto profesional o de la normatividad de protección de datos personales o de los deberes de confidencialidad.
- La utilización de los sistemas de información para fines personales.
- La instalación de software sin la aprobación del área de sistemas.
- El acceso a espacios o páginas web que no guarden necesaria relación con la actividad profesional.
- El registro de información financiera y contable inexacta, falsa o infiel a la situación patrimonial, económica y financiera real de la empresa.
- La recepción de obsequios, dinero o contraprestación en dinero o especie, que pueda influir en una decisión de negocio o económica o que pueda reportar un beneficio a alguna de las partes implicadas, incluso cuando se haga a título de préstamo o mutuo.
- Los conflictos de interés.
- La toma de decisiones clínicas basadas en criterios diferentes a la evidencia científica y adecuación en el uso de recursos.
- El uso incorrecto o irresponsable de los equipos, instalaciones, servicios y recursos económicos de la empresa.
- La entrega, promesa u ofrecimiento de cualquier clase de pago, obsequio o recompensa a autoridad, funcionario público, trabajadores, cargos directivos de empresas o entidades públicas o personas, trabajadores, cargos ejecutivos o directivos de otras entidades o empresas, ya sea de forma directa o indirecta a través de personas o empresas vinculadas a la Clínica o al Grupo Empresarial, con el fin de influir o tratar de influir para obtener algún tipo de ventaja no justificada, favor o beneficio comercial o administrativo.
- El lavado de activos o financiación del terrorismo o conducta relacionada con alguno de los delitos fuente.
- La elusión o evasión de impuestos o cualquier conducta que infrinja las normas fiscales o tributarias.
- La obstaculización de la actuación de autoridades Judiciales o Administrativas.
- La discriminación o favoritismo por razón de raza, nacionalidad, origen racial, edad, sexo, estado civil, orientación sexual, ideología, opinión política o sindical, religiosa o cualquier otra condición personal, física o social.
- Las faltas de respeto a los profesionales y equipo de salud, trabajadores, pacientes o usuarios.
- El acoso, abuso, intimidación o falta de respeto o consideración o cualquier tipo de agresión física o verbal.
- El acoso laboral, sexual, psicológico o de cualquier naturaleza entre los profesionales, empleados o hacia los pacientes, clientes o cualquier persona en relación con la Clínica.
- El uso o amenaza de violencia o coerción.
- El uso, apoyo o aprobación de la explotación infantil y el trabajo forzoso.
- El nepotismo.
- Las relaciones jerárquicas entre familiares directos o indirectos.
- La participación en actividades ilegales o contrarias a los principios del código de conducta y ético.
- La revelación de información privilegiada sin la autorización del representante legal o la utilización en beneficio propio o de un tercero.
- El menoscabo de la reputación del grupo empresarial o la Clínica.
- El transmitir, por iniciativa propia o requerimiento de terceros, cualquier información o noticia sobre CLINICA LA TRINIDAD IPS SAS o sobre terceros a los medios de comunicación.
- La vulneración del principio de neutralidad política.
- El uso ineficiente o irresponsable de los recursos naturales o inadecuado tratamiento de los residuos generados por la actividad.
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